• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 2861/2022
  • Fecha: 10/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de casación interpuesto sin formular una doctrina jurisprudencial pues tanto el auto de admisión como el escrito de interposición se separan de los resuelto en la sentencia recurrida. No obstante, la Sala resuelve el recurso señalando que, sin plantear un verdadero debate sobre la interpretación de normas, lo que el Ayuntamiento de Candelaria pretende es, sencillamente, que reinstaure la valoración de los hechos y la ponderación de culpabilidades que hizo el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, que, a juicio del Ayuntamiento, resolvió con mayor acierto que la Sala del Tribunal Superior de Justicia que estimó el recurso de apelación y revocó aquella sentencia del Juzgado. Pero, dado que el recurso de casación no es una tercera instancia, el planteamiento de la parte recurrente no puede ser acogido y por ello desestima el recurso de casación, confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Canarias, que resolvió que la UTE actuó conforme a los informes técnicos y no tuvo culpa, por lo que el Ayuntamiento debía indemnizar los daños.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JAVIER ANTON GUIJARRO
  • Nº Recurso: 46/2024
  • Fecha: 07/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Por lo que se refiere al motivo del recurso en el que el apelante se lamenta de que el procedimiento, en lugar de tramitarse como concurso express habida cuenta la falta de activos realizables, continuó su tramitación hasta el extremo de llegar a abrirse la fase de liquidación, dando lugar a que durante ese período aconteciera la reforma de la Ley 16/2022 que restringe el acceso a la exoneración, baste señalar que no consta en las actuaciones que el deudor se hubiera dirigido en momento alguno al Juzgado interesando que no se dilatara su tramitación ante la ausencia de activos, a lo que cabe añadir que, en cualquier caso, la circunstancia expuesta (el inevitable tiempo transcurrido entre la declaración de concurso y la solicitud de exoneración) en modo alguno puede constituir un obstáculo para aplicar la Disposición transitoria primera de la Ley 16/2022 que conduce a que dicha solicitud deba ser resuelta bajo el régimen instaurado tras la reforma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA
  • Nº Recurso: 262/2024
  • Fecha: 07/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo Contencioso-administrativo Número 2 de Salamanca inadmitió el recurso contencioso contra una reclamación de responsabilidad patrimonial por daños derivados de la aplicación de la Orden INT/407/2020, de 12 de mayo dictada por la Dirección del Centro Penitenciario de Topas (Salamanca), pretende el apelante que se revoque la sentencia apelada y se estime la demanda presentada. Dice la sentencia que por un lado, si el recurrente no está de acuerdo con las restricciones de visitas, comunicaciones, permisos de salida, etc., deberá acudir a la jurisdicción competente que es la penal y dentro de esta la competencia sería del Juzgado de Vigilancia que corresponda. Si lo que reclama es la responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios que la restricción de estos derechos le han podido ocasionar o producir deberá reclamar previamente en vía administrativa. De esta manera, el juzgado a quo nunca podría entrar a conocer el fondo de este asunto teniendo en cuenta que la parte recurrente ni tan siquiera ha instado en vía administrativa un expediente de reclamación por responsabilidad patrimonial de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015. El paso previo antes de acudir a la vía jurisdiccional contencioso administrativa es que exista un acto expreso o presunto de la Administración pública que ponga fin a la vía administrativa y no lo hay
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4094/2024
  • Fecha: 05/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia para determinar, si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en la realización de vertidos que incumplan la normativa vigente, desde el punto de vista del Derecho Administrativo sancionador; todo ello teniendo presente lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso contencioso-administrativo n.º 223/2020). Precedentes jurisprudenciales: STS de 29 de julio de 2021 (RC 223/2020), STS de 26 de enero de 2022 (RC 341/2020), y STS de 16 de octubre de 2024 (RC 7868/2022). Auto de admisión de 18 de diciembre de 2024 (RC 5475/2024).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala Especial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 24/2024
  • Fecha: 05/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Con carácter previo a la presentación de la demanda, la parte actora promovió un incidente excepcional de nulidad de actuaciones frente a la providencia de inadmisión del recurso de casación, incidente en el que entendía vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva como consecuencia de la adopción de dos resoluciones contradictorias -una de inadmisión y otra de admisión-, dictadas por la misma sala en dos casos esencialmente iguales que solo divergían en el ejercicio económico a que se referían las liquidaciones impugnadas. De las circunstancias concurrentes en el caso se desprende que el incidente resultaba exigible para franquear el acceso a la demanda de error judicial. Pues bien, aunque el incidente de nulidad fue inadmitido a trámite mediante diligencia de ordenación, por considerarse extemporáneo, la resolución fue recurrida en reposición -al considerar el recurrente que el plazo para la interposición del incidente debía computarse desde que se pudo conocer la contradicción vulneradora del derecho a la tutela judicial efectiva que se pretendía hacer valer en el incidente de nulidad-, recurso que, a la fecha de presentación de la demanda de error judicial, no había sido resuelto. Se estima, en consecuencia, que no se ha dado cumplimiento al presupuesto de agotamiento de los recursos previstos en el ordenamiento, dado que no se ha esperado a la resolución del recurso de reposición interpuesto o, en su caso, a la del recurso de revisión que pudiera interponerse frente al eventual decreto desestimatorio de la reposición. A ello se añade que, aún en el caso meramente hipotético de que procediera la admisión de la demanda, esta habría perdido su objeto, toda vez que la cuestión de fondo suscitada por la actora en el recurso de casación inicialmente admitido ha sido desestimada, habiendo sido desestimado también el incidente de nulidad de actuaciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 1281/2023
  • Fecha: 04/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala inadmite el recurso interpuesto frente a desestimación de solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador, por la que se reclamaba una indemnización por los daños causados por la gestión de la pandemia de COVID-19, en la medida en que ha quedado probada la no presentación de la oportuna reclamación administrativa ante el órgano competente para conocerla, en virtud de lo dispuesto en el artículo 69, letra c) de la Ley Jurisdiccional .
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER RODRIGUEZ MORAL
  • Nº Recurso: 17/2022
  • Fecha: 04/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala considera que el derecho del recurrente ha prescrito, si bien por distintos motivos de los expresados en la resolución recurrida. Se entiende que concurre falta de eficacia para interrumpir la prescripción tanto de la denuncia interpuesta contra el Centro Cometa en fecha 9 de julio de 2018 como de la demanda en procedimiento especial de derechos fundamentales de fecha 6 de marzo de 2019 , pues es claro que se trata de acciones distintas de la reclamación de responsabilidad patrimonial, que no afectan al ejercicio del derecho a exigir esta última. En cuanto al fondo, la Sala entiende que no resulta acreditada la existencia de una relación de causalidad, o para ser más exactos, de imputación jurídica entre el funcionamiento del sistema de seguimiento por medios telemáticos de las medidas y penas de alejamiento previstas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el daño alegado por el recurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 1800/2021
  • Fecha: 03/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia reitera la respuesta dada en anteriores ocasiones a la cuestión de interés casacional planteada, concluyendo que no resulta directamente aplicable, a los supuestos en que la Administración concedente de un servicio público exige a la empresa concesionaria el reintegro de aquellas cuantías que fueron previamente satisfechas en concepto de compensación por el incremento de los costes de los carburantes, con base en las cláusulas del propio título concesional, como consecuencia de soportar el gravamen del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, cuyo establecimiento fue ulteriormente declarado incompatible con el Derecho de la Unión Europea en sentencia de 27 de febrero de 2014, la acción de resarcimiento o restitución, basada en el principio general del Derecho Administrativo que prohíbe el enriquecimiento injusto o sin causa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER AGUAYO MEJIA
  • Nº Recurso: 378/2023
  • Fecha: 03/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia considera, en primer lugar, que la facturación de la entrega de bienes y prestación de servicios constituye una regla general e inherente a la mecánica del IVA; en segundo término, que la rectificación de las cuotas repercutidas por reducción de la base imponible del impuesta venga precedida de la emisión de las debidas facturas se trata de un requisito de Derecho interno que no incurre en contradicción con el Derecho de la Unión, al carecer de regulación armonizada en este extremo. Por ello, sin la emisión de las facturas rectificativas no se documenta el derecho a la reducción de la base imponible del IVA, esto es, la existencia misma del descuento sobre el precio final y, sin éste, tampoco la justificación del derecho a obtener la devolución de las cuotas repercutidas legalmente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santander
  • Ponente: JOSE IGNACIO LOPEZ CARCAMO
  • Nº Recurso: 49/2024
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia por la que se desestimó el recurso de responsabilidad patrimonial de la Administración por el funcionamiento del servicio sanitario. Alegada demora en el diagnóstico del síndrome de disfunción de cuerdas vocales y de aplicación de terapias adecuadas, la Sala entiende que no se acredita error en la valoración de la prueba. Respecto a la prueba pericial, el tribunal valorará los dictámenes periciales según las reglas de la sana crítica, siendo éste un paramento remite a la razonabilidad y lógica de la valoración, a su sometimiento a criterios objetivos que guarden coherencia con el fin del medio probatorio (la aportación al proceso de conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos). El Juzgador infiere del análisis de la prueba que el origen de la patología de la demandante muy probablemente está en la patología psiquiátrica y que, por ende, el tratamiento psiquiátrico orientado a disminuir la ansiedad es el adecuado. Y también deduce de la prueba practicada la conveniencia de terapias de rehabilitación, pero no como tratamiento curativo, sino solo paliativo. Valoración que la Sala considera razonable, máxime los antecedentes del recurrente y la dificultad del diagnóstico.

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